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jueves, 10 de junio de 2010

2011…. ¿AÑO APOCALITICO PARA LA FACTURACION EN PAPEL?

“Seguramente el SAT publicará una prorroga”, “El SAT no tiene capacidad para atender a tantos contribuyentes” “no será obligatorio para mi sector” son algunas de las frases que escuche durante un par de semanas que estuve ofreciendo platicas de factura electrónica. Lamentablemente son justamente el tipo de comentarios que representan el pensamiento de un gran número de empresas y personas físicas en México, así que en esta ocasión trataremos de analizar estas “justificaciones” para que usted tenga más elementos a la hora de decidir si implementa o no factura electrónica dentro de su organización.

HECHOS

El 7 de diciembre del 2009 salió publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), entre otras iniciativas, la modificación al Artículo 29 de Código Fiscal de la Federación (CFF) el cual menciona las formas en que un contribuyente podrá comprobar los ingresos y/o egresos que tengan siendo estos:

1. Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI)

2. Tratándose de operaciones cuyo monto no exceda de $2,000.00, los contribuyentes podrán emitir sus comprobantes fiscales en forma impresa siempre que se incluya un dispositivos de seguridad u holograma.

NOTA: Nótese que ya no se mencionan los folios pre-impresos

3. La modificación al artículo 29 del CFF entra en vigor el 1 de enero del 2011

4. Las modificaciones o derogaciones al Código Fiscal NO pueden realizarse por el SAT a voluntad, y cualquier cambio debe ser aprobado por el congreso (diputados y senadores).

5. La máxima reglamentación en materia Fiscal es el Código Fiscal de la Federación (CFF) la cual aprueba el congreso y por debajo de ella se encuentra la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) que es donde algunos organismos como el SAT precisan los detalles de su operación, los cuales nunca podrán contradecir lo dicho en CFF.

MITOS

El SAT “siempre” saca prorrogas.

Como usted deducirá, aunque el SAT quisiera sacar algún reglamento que pudiera darle más tiempo a ciertos contribuyentes de implementar este nuevo esquema, pero la realidad es que el CFF SIEMPRE estará por encima de reglamentos publicados en RMF así que tarde o temprano deberá adoptarse lo publicado el CFF.

Recordemos que en 2009 se pensaba lo mismo de los auto-impresores, que el SAT publicaría una prorroga o daría marcha atrás en su decisión de eliminar los permisos especiales que tenían ciertas empresas para generar su facturación sin comprar folios pre impresos… y cuál fue el resultado? Que NO hubo prorroga y miles de empresas, un par de meses antes de que se cumpliera el plazo, tuvieron que retroceder en sus procesos optando folios pre impresos o simplemente contratando soluciones de factura electrónica sin ningún análisis con el riesgo de no elegir la adecuada a sus necesidades tejiendo con ello historias de terror!!

"El SAT no cuenta con la infraestructura necesaria para atender a todo el universo de contribuyentes."

Para procesar los millones de comprobantes que se emiten anualmente en el país, el SAT se apoya en terceras empresas o Proveedor Autorizado de Comprobantes Fiscales Digitales (PACFD) - los cuales en breve evolucionaran a Prestadores Autorizados de Certificación (PAC) y será motivo de un blog en el futuro - de tal manera que la “capacidad” de procesamiento se distribuye entre un numero de empresas y no solo del SAT. Sin embargo es importante precisar que aunque los PACFDs estén tecnológicamente preparados para satisfacer la demanda, los recursos humanos que atenderán los requerimientos iniciales de las implementaciones (recopilación de las necesidades particulares de la empresa, análisis, desarrollos especiales, pruebas, etc.) SON LIMITADOS en todos los PACFD (algunos en mayor o menor medida) por lo que se corre el riesgo de que ante una avalancha de contrataciones, no se le de la atención adecuada o incluso incumplir en plazos de salida a producción.

En resumen esta nueva forma de comprobación fiscal llego para quedarse ya sea que se requiera en 2011, 2012 o años posteriores. La pregunta a resolver en su empresa sería.... ¿Qué tipo de empresa quiero ser? Reactiva, esperando un “milagro” para que se publique una prorroga (la cual puede que no llegue) con todos los riesgos que trae consigo o Proactiva, documentándose analizando y comparando todas las opciones lo cual derive en implementaciones exitosas y con beneficios cuantitativos y cualitativos para su empresa.

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